Plan de Centro

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece lo que es el Plan de Centro. Así, en su artículo 126 lo define:

1. El proyecto educativo, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto de gestión constituyen el Plan de Centro. 

2. La Consejería competente en materia de educación establecerá el marco general que permita a los centros docentes sostenidos con fondos públicos elaborar su Plan de Centro, que tendrá un carácter plurianual, obligará a todo el personal del centro y vinculará a la comunidad educativa del mismo. 

3. El Plan de Centro será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía en general.

Así mismo, el Decreto 327/2010 lo define en su artículo 22 igualmente, como el proyecto educativo, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto de gestión constituyen el Plan de Centro. 

Así, se puede extraer que el Plan de Centro es el documento que expresa las señas de identidad del centro. Es el auténtico referente, con carácter sistémico e integrador, del principio de Autonomía Pedagógica, de Organización y de Gestión. 

A todo eso se añade el contexto de centro, para poder contextualizar el centro al que se refiere la presente programación.

¿Quieres descubrir cada uno de los elementos que componen el Plan de Centro?

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